Decreto Nº 1921-2021
Aprueba el Manual de Misiones y
Funciones correspondiente a las Unidades de Organización de la Secretaría de
Trabajo y Promoción del Empleo.[1]
Estado de la norma: VIGENTE.-
Publicado en el B.O.
3475 del 16-07-21.-
Dictado el 30-06-21.-
Operador del Digesto:
M.L.E.-
VISTO:
El Expediente Nº
3628/2020, caratulado: "SECRETARIA DE TRABAJO Y PROMOCIÓN DEL EMPLEO -
S/MANUAL DE MISIONES Y FUNCIONES DE ESTA SECRETARÍA-";y
CONSIDERANDO:
Que de fojas 3 a 9, se agrega copia
de la Resolución Nº 24/20 del Ministerio de Conectividad y Modernización, en el
cual se aprueban las Pautas y Estándares para la confección de los Manuales de
Misiones y Funciones de cada dependencia del Poder Ejecutivo Provincial entre
otras;
Que el Poder Legislativo
sancionó la Ley Nº 3170 de Ministerios y
Secretarías;
Que el artículo 3º de la
Ley Nº 3170 de Ministerios y Secretarías
otorga a la Secretaría de Trabajo y Promoción del Empleo su rango
correspondiente;
Que por Decreto Nº 21/2019 se apruba el nuevo Organigrama del
Poder Ejecutivo Provincial y en su artículo 109 se establece que en las
distintas áreas de este Poder que se creen o modifiquen deberán elaborar el
Manual de Funciones y Misiones de sus dependencias y remitirlo al Ministerio de
Conectividad y Modernización;
Que ha tomado
intervención la Delegación de Asesoría Letrada de Gobierno actuante en esta
Secretaría de Trabajo y Promoción del Empleo;
Que en consecuencia
corresponde el dictado de la medida legal pertinente;
POR ELLO:
EL
GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Artículo 1º.-Apruébase
el Manual de Misiones
y Funciones correspondiente a las
Unidades de Organización
de la Secretaría
de Trabajo y Promoción
del Empleo que
como Anexo I
forma parte integrante del presente
Decreto.
Artículo 2º.-Apruébase
el Organigrama de
la Secretaría de Trabajo
y Promoción del
Empleo que como Anexo
II forma parte integrante del presente Decreto.
Artículo 3º.- El presente
Decreto será refrendado por la señora Ministra de la Producción.
Artículo 4º.- Dése al Registro
Oficial y al Boletín oficial, comuníquese, publíquese, y pase a la Secretaría
de Trabajo y Promoción del Empleo a sus efectos.
ANEXO
I
Manual
de Misiones y Funciones
Secretaría
de Trabajo y Promoción del Empleo
STPE
2020
INDICE
1. Anexo I - Título
2. Índice.
3. Fundamentos Normativos y/o
Jurídicos.
4. Secretaría de Trabajo y
promoción del Empleo
5. Secretaria Privada.
6. Despacho Administrativo.
7. Delegación Asesoria Letrada
8. Subsecretaría de Empleo y
Capacitación Laboral.
9. Dirección de Promoción del
Empleo
10. Dirección de Capacitación y
Formación Laboral.
11. Subsecretaría de Relaciones
Laborales.
12. Dirección de Inspecciones y SRT
13. Dirección General de Relaciones
Laborales.
14. Anexo II - Organigrama
Fundamentos
Normativos y/o Jurídicos.
*.- Constitución Nacional
*.- constitución Provincial
*.- Ley Nº 3170 de Ministerios y Secretarías
SECRETARÍA
DE TRABAJO Y PROMOCIÓN DEL EMPLEO:
Misión:
Gestionar eficaz y eficientemente
las políticas del Poder Ejecutivo en materia de generación de empleo,
ejecutando la Leu Nº 2870 de Promoción Económica y todas aquellas que se hallen
en vigencia y que se proyecten en materia de trabajo y empleo.
Funciones:
Compete a la Secretaría de Trabajo
y Promoción del Empleo asistir y asesorar al Gobernadorde la Provincia en todo
lo inherente al trabajo en el ámbito provincial, y en particular:
*.- Entender en la determinación de
los objetivos y políticas del área de su competencia;
*.- Entender en la difusión,
aplicación y vigilancia de la legislación laboral vigente;
*.- Intervenir en las cuestiones de
política laboral, aplicación de la normativa laboral vigente, prevención de
conflictos laborales, individuales y colectivos, y en general en el ejercicio
del poder de policia laboral en el ámbito del territorio provincial;
*.- Entender en el ejercicio de la
inspección de trabajo, adoptando las medidas necesarias para asegurar el
cumplimiento de leyes, decretos, convenios colectivos, reglamentaciones y demás
normas de materia laboral;
*.- Entender en la prevención y
solución, en su caso, de los conflictos del trabajo, coordinando su accionar con
los organismos nacionales correspondientes;
*.- Entender como árbitro en las
cuestiones laborales que por ley correspondan o las partes voluntariamente le
somentan;
*.- Entender en la capacitación
profesional de los trabajadores con intervención del Ministerio de Educación;
*.- Participar en la formulación de
acuerdos o convenios con la Nación en materia de su competencia;
*.- participar en la promoción del
perfeccionamiento de la legislación laboral;
*.- Entender en la elaboración e
implementación de acciones para la
eliminación del trabajo infantil, el trabajo no registrado y las inequidades
que afecta a los colectivos más vulnerables de trabajo, y
*.- Administrar sus bases de datos
organizacionales y servicios tecnológicos de su competencia bajo las pautas
comunes que determine el Ministerio de Conectividad y Modernización;
*.- Articular como espacio de
encuentro y de diálogo entre la SECRETARIA DE TRABAJO Y PROMOCIÓN DEL EMPLEO y
los diferentes sectores de la sociedad civil, sector público, ámbito académico,
gremos y empresas, para abordar las
problematicas de las TICs en las modalidades de teletrabajo y e-trabajo, elaborando datos y estadísticas,
documentos y publicaciones, así como también, realizando encuentros y
conferencias, con el propósito de difundir estos temas en la comunidad.
Secretaria
Privada:
Misión:
Llevar la agenda diaria de las
actividades del Secretario y atender los requerimientos efectuados por el
mismo.
Funciones:
*.- Llevar la agenda diaria de
actividades funcionales y audiencias concedidas.
*.- Llevar registro de las
comunicaciones.
Despacho
Administrativo:
Misión:
Asistir al Secretario de Trabajo y
Promoción del Empleo en todas las tramitaciones propias del organismo,
ordenando su atención y diligenciamiento.
Funciones:
*.- Recibir, tramitar y expedir la
documentación de la Secretaría de Trabajo y Promoción del Empleo en razón de su
competencia.
*.- Elaborar, fundar y propiciar la
firma del Secretario en los proveídos, notas, informes, proyectos y actos que
lo requieran.
*.- Verificar la correcta
confección y redacción de los escritos que deban ser suscripto por el
funcionario citado.
*.- Velar por el cumplimiento de
las normas procesales administrativas en lo referente a formalidades y plazos
de las tramitaciones.
*.- Dirigir y organizar las
acciones del personal que se desempeñe en el Despacho Administrativo.
*.- Llevar el registro y archivo de
las Resoluciones dictadas, así como de la documentación que debe conservar a
los fines de la acreditación de cumplimiento de las obligaciones inherentes a
dicho Secretario.
*.- Diligenciar las adquisiciones y
contrataciones que correspondan, mediante el proceso que en cada caso resulte
aplicable.
Asesoría
Letrada Delegada:
Misión:
Brindar un asesoramiento eficaz a
los requirimientos del Secretario de Trabajo y Promoción del Empleo, velando
por el cumplimiento de todas aquellas leyes que se hallen en vigencia y que se
proyecten a futuro en materia de trabajo y empleo.
Funciones:
*.- Asesorar al Secretario sobre todas las cuestiones y materias de su
competencia.
*.- Control de legalidad a través de la emisión de dictámenes en todo
asunto que les fuera solicitado por el Secretario y demás Jefes de áreas.
*.- Representar a la Secretaría de Trabajo y Promoción del Empleo con
motivo de los recursos e incidencias que se promuevan por apelación de las
resoluciones que dicte el Secretario.
*.- Velar por el cumplimiento de las normas legales para su correcta
aplicación.
*.- Recibir, asesorar y tramitar las denuncia de violencia laboral a
través de la Unidad de Asesoramiento de Violencia Laboral.
*.- Elaboración e implementación de acciones para la erradicación del
trabajo infantil en el ámbito de la Provincia de La Pampa, a través de la
COPRETI (Comisión Provincial para la Prevención y Erradicación del Trabajo
Infantil y protección del Trabajo Adolescente).
SUBSECRETARÍA DE
EMPLEO Y CAPACITACIÓN LABORAL:
Misión:
Asesorar a la Secretaría de Trabajo, en materia laboral, y de la
legislación vigente, generar programas de empleo, y la capacitación y fomentar
la formación profesional y laboral constante.
Funciones:
*.- La difusión, aplicación y vigilancia de la legislación laboral
vigente.
*.- La dirección, organización y coordinación de las actividades
jurídico-administrativas del organismo laboral.
*.- Promover el perfeccionamiento de la legislación del trabajo.
*.- Coordinar las tareas con el ministerio de Trabajo y con otros
organismos nacionales en asuntos de su competencia, gestionando la celebración
de acuerdos o convenios.
*.- Requerir para el cumplimiento de sus funciones el auxilio de la fuerza
pública cuando fuera necesario.
*.- Realizar estadísticas y publicitar todo lo relativo a las
condiciones de trabajo en la provincia y de la legislación laboral.
*.- Concretar la política de pleno empleo y elevar el nivel de vida de
los trabajadores.
*.- Organizar la migración interna o interprovincial de mano de obra, su
promoción, atendiendo a las necesidades y coordinar esta actividad con servicio
de empleo nacionales y provinciales, y;
*.- Desarrollar toda actividad relacionada o conexa con la materia
laboral.
Dirección de
Promoción del Empleo
Misión:
Promover el diálogo social entre los sectores productivos, sindicales,
civiles, organizaciones intermedias y organismos estatales municipales,
provinciales y nacionales para el desarrollo de una agenda del trabajo decente
en defensa de los trabajadores pampeanos.
Funciones:
*.- Proponer y ejecutar políticas, planes, programas y acciones para
promover el empleo, el mejoramiento en las condiciones de empleo y de
empleabilidad de los desocupados en todo el territorio nacional.
*.- Facilitar la inserción laboral de las personas con discapacidad en
relaciones de trabajo decentes, mediante la ejecución de programas especiales
orientados a mejorar sus oportunidades ocupacionales y eliminar los
condicionamientos sociales que impiden su integración.
*.- Dirigir las acciones con los organismos internacionales de crédito,
destinadas a financiar planes, progrmaas y proyectos relacionados con las
reformas del mercado de trabajo y los programas de empleo.
*.- Promover y gestionar las acciones orientadas a la articulación entre
la actividad económica y las políticas de empleo.
*.- Evaluar y monitorear los programas de empleo, con el objeto de
optimizar la ejecución de los programas proyectados y diseñar nuevas políticas
para la creación de puestos de trabajo de calidad y el aumento de la
empleabilidad de los desocupados.
Dirección de
Capacitación y Formación Profesional:
Misión:
Favorecer el desarrollo de capacidades y habilidades en materia de
capital humano competitivo para su inserción en el mercado lanoral, adaptándose
a los requerimientos del sector, y así contribuir a un Valor Agregado de la
provincia y a su desarrollo.
Funciones:
*.- Proponer y ejecutar políticas, planes, programas y acciones para
promover la capacitación laboral y el mejoramiento en las condiciones de empleo
y de empleabilidad de los desocupados en todo el territorio provincial.
*.- Facilitar la inserción laboral de las personas con discapacidad en
relaciones de trabajo decentes, mediante la ejecución de programas especiales
orientados a mejorar sus oportunidades ocupacionales y eliminar los
condicionamientos sociales que impiden su integración.
*.- Dirigir las acciones con los organismos internacionales de crédito,
destinadas a financiar planes, programas y proyectos relacionados con las
reformas del mercado de trabajo y la capacitación.
*.- Construir una red educativa y de formación profesional de calidad, que dé respuesta a la
demanda de calificaciones de los empleadores.
*.- Instrumentar estudios e investigaciones sobre la vinculaciób de
ocupación, desarrollo económico, producción y tecnología y los requerimientos
de capacitación laboral.
*.- Evaluar y monitorear los programas de capacitación y de formación
profesional, con el objeto de optimizar la ejecución de los porgramas
proyectados.
*.- Promover la capacitación laboral y formación de los trabajadores.
SUBSECRETARÍA DE
RELACIONES LABORALES:
Misión:
Ejercer las funciones que la autoridad central asignan en los Convenios
Nº 81 y 129 de la Organización Internacional del Trabajo (O.I.T.), sus
recomendaciones complementarias y aquellas otras que contribuyan al mejor
desempeño de los servicios que son de su competencia.
Promoción, regulación y fiscalización del cumplimiento de los derechos
fundamentales de los trabajadores, en especial la libertad sindical, la
negociación colectiva, la igualdad en las oportunidades y de trato, y la
eliminación del trabajo forzoso y/o infantil y la protección del trabajo adolescente.
Entender en situaciones relativas al régimen de contrato de trabajo y
demás normas de protección del trabajo.
Funciones:
*.- Fiscalizar y ejercer el contralor del cumplimiento de las leyes
laborales en todo el territorio de la Provincia, priorizando la prevención y
sancionando el incumplimiento a las Normas.
*.- Promover el avenimiento de parte involucradas para regular sus
relaciones y facilitar la solución de
los conflictos laborales a través de la conciliación y otros medios
alternativos de resolución de conflictos.
*.- Mejorar la calidad y equidad de las relaciones laborales entre el
colectivo de empleadores y trabajadores otorgándoles un ámbito institucional
adecuado para la solución autónoma de los conflictos.
*.- Hacer conocer los principios básicos de la legislación laboral.
Dirección General
de inspecciones y SRT:
Misión:
Entender en la formulación de políticas de la inspección del trabajo,
destinadas a reducir y eliminar el empleo no registrado y las demás
distorsiones que el incumplimiento de la normativa laboral y de la seguridad
social.
Promover, con miras a la detección del trabajo no registrado, la
participación coordinada y la colaboración con el suministro de información de
las Entidades representativas de los trabajadores y los empleadores.
Facilitar las relaciones entre los distintos actores que intervienen en
el mundo laboral, propiciando si interacción y desarrollando acciones
tendientes a estrechar lazos y solucionar conflictos, contribuyendo a la
conformación y ejecución de las políticas públicas en pos de la mejora de la
situación de las partes.
Organizar y dirigir la Inspección del Trabajo en todas sus formas y fiscalizar el cumplimiento de la legislación
laboral vigente.
Fiscalizar el cumplimiento de la legislación vinculada a higiene,
salubridad y seguridad en los lugares del trabajo, dictando las medidas que
aseguren los derechos, la integridad psicofísica y la dignidad de los
trabajadores.
Intervenir en la aprobación, rúbrica y fiscalización de la documentación
laboral y dictar las resoluciones para su registración que al efecto sean
pertinentes.
Sustanciar Labral los sumarios y aplicar las sanciones oportunas por
infracciones a las leyes laborales y de higiene, salubridad y seguridad en el
trabajo, atendiendo la correspondencia de las Leyes dictadas a tal efecto.
Mantener actualizado el registro de infractores, de forma que el mismo
sea util para el fin que fue creado.
CONFLICTOS:
Intervenir en las situaciones en que la conflictividad laboral colectiva
adquiera particular relevancia, administrando en forma directa el rol de
mediación entre las partes para lograr conciliarlas en un acuerdo.
Tratamiento de conflictos individuales y colectivos de trabajo,
ejerciendo facultades de conciliación, mediación y arbitraje en el ámbito de
toda la jurisdicción.
Dirección General
de Relaciones Laborales:
Misión:
Promover el avenimiento de partes involucradas para regular sus
relaciones y facilitar la solución de los conflictos laborales a través de la
conciliación y otros medios alternativos de resolcuión de conflictos.
Funciones:
*.- Mejorar la calidad y equidad de las relaciones laborales entre el
colectivo de empleadores y trabajadores otorgándoles un ámbito institucional
adecuado para la solución autónoma de los conflictos.
*.- Facilitar las relaciones entre los distintos actores que intervienen
en el mundo laboral, propiciando su interacción y desarrollando acciones
tendientes a estrechar lazos y
solucionar conflictos, contribuyendo a la conformación y ejecución de las
políticas públicas en pos de la mejora de la situación de las partes.
*.- Intervenir en las situaciones en que la conflictividad laboral
colectiva adquiera particular relevancia, administrando en forma directa el rol
de mediación entre las partes para lograr conciliarlas en un acuerdo.